Consejos Comunitarios de Seguridad

(Reunion del Consejo Comunitario Central Region de Guayama)

En Puerto Rico la actividad criminal es uno de los problemas que más preocupa a los ciudadanos según diferentes sondeos y encuestas realizadas en la isla en los últimos años. Según estadísticas oficiales, en los últimos diez años se han reportado en Puerto Rico un alza en los casos de escalamientos, hurtos de autos, apropiación ilegal, robos y asesinatos. Estas estadísticas alarman a los ciudadanos de Puerto Rico, los que claman por nuevas iniciativas por parte del Gobierno de Puerto Rico para combatir estos actos delictivos.

Segun experiencias de otros países, se conoce que los comités de vigilancia vecinal constituyen uno de los medios más efectivos para prevenir el crimen y reducir el miedo. La vigilancia vecinal lucha contra el aislamiento, forja vínculos entre los residentes de un área, ayuda a reducir los robos y atracos, y mejora las relaciones entre la policía y la comunidad.

Mediante la Ley Número 14 de 7 de diciembre de 1989, se establece por primera vez en Puerto Rico el concepto de participación ciudadana en la lucha contra el crimen con el nombre de Consejos de Seguridad Vecinal. Luego, mediante la Ley Número 53 de 10 de junio de 1996, mejor conocida como Ley de la Policía de Puerto Rico de 1996, se le cambia el nombre a los Consejos de Seguridad Vecinal por Consejos Comunitarios de Seguridad.

Desde entonces la Policía de Puerto Rico; respondiendo a una necesidad de la ciudadanía en la búsqueda de soluciones a los problemas de orden social, como son la criminalidad y la delincuencia, acoge el concepto de los Consejos Comunitarios de Seguridad. Estos representan un foro organizativo de la comunidad, donde se exponen situaciones prevalecientes de orden social o seguridad pública. Los Consejos Comunitarios de Seguridad están integrados por vecinos de diferentes comunidades en las cuales prestan servicios voluntarios.

Los Consejos forman parte esencial de nuevos recursos en la cruzada contra la criminalidad, por su crecimiento en las comunidades y la integración de nuevos miembros, para poder enfrentarnos adecuada y acertadamente a este problema social, y entre la policía integran esfuerzos, para contribuir al logro de una mejor calidad de vida y un mayor bienestar social.

Fuente:
Ley Núm. 53 de 1996: Ley de la Policía de Puerto Rico
Reglamento 5720 Organización y Funcionamiento de los Consejos Comunitarios de Seguridad.

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